miércoles, 7 de octubre de 2009

CAMPANAS POR LA GRIPE A

Acabo de ver un video que Teresa Forcades ha puesto a disposición de todos en internet sobre la Gripe A y sobre la famosa vacuna, a medida que he ido oyendola mi interés ha ido aumentando, por todo lo que dice y porque es una persona de la cual creo me puedo fiar, es monja benedictina en el Monasterio de S. Benet de Montserrat en Barcelona y además y más importante es médico y tiene la especialidad en medicina interna y ha hecho el doctorado en Salud Pública, todo ello me hace que considere lo que dice como una reflexión de alguien que no es un loco, ni un charlatán, sino que es una persona formada cientificamente y con una mente racional.

Yo por mi cuenta ya había decidido no vacunarme de la Gripe A, al igual que hago todos los años con la gripe estacional, puesto que ni recuerdo la cantidad de años que no me vacuno y no pillo la gripe y eso que por mi trabajo estoy diariamente en contacto con mucha gente, y concretamente en el caso de la nueva vacuna de la gripe A es que además no me inspira la más mínima confianza y pensaba que los riesgos a los posibles efectos secundarios de la vacuna podían ser mayores que la gripe A en si misma.

Pues mira por donde esta mujer, Teresa Forcades, me ha ratificado en mi pensamiento y además me ha aportado datos científicos y espeluznantes, no solo de esta vacuna, que considero va a convertir a todo el que se la ponga en una cobaya experimental, sino a la propia Gripe A, que cuando apareció de pronto pensé que me olía a invento de laboratorio y parece ser que es así, a pesar de lo que ha dicho la Organización Mundial De La Salud, hay un laboratorio implicado, la farmacéutica norteamericana Baxter que parecer ser es la responsable.

Para colmo se puede plantear la posibilidad de considerar a la vacuna de la Gripe A como obligatoria por ley, llegando incluso a que a los que se nieguen a ponersela le puedan imponer una multa de 1.000 euros diarios o incluso de perder su trabajo.

Si en este país llegara el gobierno a plantearlo, yo propongo que nos tiremos todos a la calle y nos manifestemos en contra. Ya es más que suficiente que se pasen de rosca jugando con la crisis económica que tenemos encima, como para que quieran también jugar con mi salud.

A continuación pongo el video, no tiene desperdicio.













3 comentarios:

  1. Ahora dice Marie-Paule Kieny, que es la jefa de investigación sobre vacunas de la Organización Mundial de la Salud, que con una dosis será suficiente.

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  2. ES MUY URGENTE CONVOCAR UNA MANIFESTACION LO MAS PRONTO POSIBLE, ANTES DE QUE SE INICIE LA VACUNACION MASIVA, DE ESTA FORMA PODREMOS PARAR ESTA FARSA. ES NUESTRA OBLIGACION HACERLO

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  3. ¡Estamos jodidos!, Real Decreto 1015/2009, de 19 de junio, por el que se regula la disponibilidad de medicamentos en situaciones especiales, ratificado por el Rey desde la embajada en Singapur, y que es una norma con rango de ley emanada del poder ejecutivo, sin que necesariamente medie intervención o autorización previa de un Congreso o Parlamento.

    ..."La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios podrá autorizar temporalmente la distribución de medicamentos no autorizados, en respuesta a la propagación supuesta o confirmada de un agente patógeno o químico, toxina o radiación nuclear capaz de causar daños. En estas circunstancias, si se hubiere recomendado o impuesto por la autoridad competente el uso de medicamentos en indicaciones no autorizadas o de medicamentos no autorizados, los titulares de la autorización y demás profesionales que intervengan en el proceso estarían EXENTOS DE RESPONSABILIDAD civil o administrativa por todas las consecuencias derivadas de la utilización del medicamento, salvo por los daños causados por productos defectuosos. "

    Ministerio de Sanidad y Política Social (BOE número 174 de 20/7/2009)
    Real Decreto 1015/2009, de 19 de junio, por el que se regula la disponibilidad de medicamentos en situaciones especiales.
    .../
    Este real decreto tiene carácter de legislación de productos farmacéuticos a los efectos previstos en el artículo 149.1.16.ª de la Constitución y se adopta en desarrollo del artículo 24, apartados 3 y 4, y disposición final quinta de la Ley 29/2006, de 26 de julio, por lo que, junto con las disposiciones sobre dispensación de medicamentos que regulan los artículos 26 y 40 del Real Decreto 1345/2007, de 11 de octubre, por el que se regula el procedimiento de autorización, registro y condiciones de dispensación de los medicamentos de uso humano fabricados industrialmente, se completa el desarrollo reglamentario del artículo 24 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, sin perjuicio de la aplicación directa de su apartado 5 en los casos de propagación supuesta o confirmada de agentes patógenos o químicos, toxinas o radiación nuclear.
    /...

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